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La Municipalidad de Guatemala publicó en el Diario Oficial eximir del pago del arbitrio denominado Boleto de Ornato a todas aquellas personas guatemaltecas o extranjeras que vivan o residan en la jurisdicción del municipio de Guatemala y que tenga 60 años o más de edad, aun cuando se encuentren laborando. 

Boleto de Ornato

 

Es un arbitrio que todos los vecinos debemos pagar anualmente, con la finalidad de contribuir al ornato de nuestra ciudad. La cancelación del mismo debe efectuarse durante enero y febrero, salvo que los concejos municipales concedan prórrogas, y éstas no pueden excederse más allá del último día de marzo.

¿Cuánto debo pagar?

De acuerdo con lo indicado en el Decreto 121-96, el pago de la tasa del arbitrio municipal debe efectuarse según los ingresos mensuales del contribuyente, que incorpora salario base, mas bonificaciones de cualquier índole, comisiones y cualquier otro ingreso comprobable.

 

Ingreso mensual Arbitrio Con multa
Primer DPI Q4.00 Q8.00
De Q500.01 a Q1,000.00 Q10.00 Q20.00
De Q1,000.01 a Q3,000.00 Q15.00 Q30.00
De Q3,000.01 a Q6,000.00 Q50.00 Q100.00
De Q6,000.01 a Q9,000.00 Q75.00 Q150.00
De Q9,000.01 a Q12,000.00 Q100.00 Q200.00
De Q12,000.01 en adelante Q150.00 Q300.00