Con el fin de darle un marco jurídico al gremio de cineastas para que la industria pueda crecer, la comisión de cultura presentó la ley de fomento al cine que buscar crear el consejo nacional de cinematografía integrado por instituciones de Gobierno y representantes de la industria cinematográfica.
DATOS RELEVANTES DE LA INICIATIVA
La iniciativa de ley del cine de Guatemala tiene como propósito en sus 52 artículos, el fomento y desarrollo progresivo, armónico y equitativo para la cinematografía nacional, así como para la industria audiovisual.
Asimismo, favorecer las condiciones para el fomento de la producción, distribución y exhibición por cualquier medio de las obras creadas en nuestro país.
En su artículo 3, define como uno de sus fines principales, el contribuir al desarrollo artístico e industrial de la cinematografía nacional, a la protección del patrimonio audiovisual de la nación inherente a esta y a la diversidad cultural.
El capítulo II y artículo 6, define la creación de un Consejo Nacional de Cinematografía, el cual estará integrado por representantes de los ministerios, entidades gubernativas y representantes del sector turístico y cinematográfico del país.
Entre sus funciones se encuentran conocer, evaluar y hacer recomendaciones sobre la política, planes, proyectos y programas anuales de trabajo del Instituto Guatemalteco de Cine.
En cuanto al Instituto Guatemalteco de Cine (IGC), el artículo 10 establece su creación con el fin de ser una entidad autónoma, con independencia administrativa y patrimonio propio, que funcione como ente rector de la cinematografía a nivel nacional.
La iniciativa contempla también en su artículo 25, la creación de un Fondo de Fomento al Cine, el cual estará administrado por el IGC, para el fomento y promoción permiten de la industria cinematográfica nacional, asimismo, con el objetivo de brindar apoyo financiero en beneficio de todos los agentes de la industria, así como para el desarrollo de programas académicos del ámbito cinematográfico guatemalteco.
Finalmente, la propuesta de decreto también contempla artículos para estímulos e incentivos de la industria cinematográfica, un impuesto al cine, sanciones, derechos de autor y la ordenanza de la emisión de un reglamento en un plazo de 90 días después contados a partir de la conformación del Consejo Nacional de Cinematografía.