Cada año los guatemaltecos deben cumplir con el pago del impuesto de movilización, establecido en el Decreto 70-94, este 31 de julio es la fecha límite para efectuar el pago.

La Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) indicó que los contribuyentes tienen hasta el 31 de julio como fecha límite para realizar el pago del impuesto, sin aplicar multas e intereses, después de esa fecha, si no efectuaron el pago correrán con el 100 por ciento de multa sobre el valor del impuesto.

La meta de recaudación que se trazó la SAT para este año es de Q1 mil 122.40 millones de en el ISCV, de un parque vehicular activo de 5 millones 055 mil 498 de automotores.

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