Menú

Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.
Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.
Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.

La Corte de Constitucionalidad otorgó por unanimidad amparo provisional para que el Organismo Ejecutivo garantice el ejercicio del derecho de reunión y manifestación públicas.

Este amparo había sido presentado entre varias personas y entidades como el Procurador de Derechos Humanos, CACIF, Diputados, particulares y Cámaras empresariales contra el Presidente Giammattei, el Ministro de Gobernación y el Director de la PNC. 

La máxima corte ordena que el Ejecutivo debe velar porque se se observen los derechos de todas las personas, en el territorio nacional, a la vida, salud, seguridad, paz, libertad de locomoción de personas y vehículos, libertad de industria, comercio, trabajo y propiedad. 

La resolución también indicaba: En caso de manifestaciones en calles y carreteras, se coordinen e implementen, acciones tendientes a garantizar que las personas realicen sus actividades diarias; de ser necesario, habilitar carriles específicos en las carreteras que puedan resultar afectadas,  ello para que las personas lleven a cabo las manifestaciones sin interrumpir el ejercicio de los derechos de los demás ciudadanos en cuanto a su libertad de locomoción y movilidad. 

También se indicó en la resolución que las personas participantes a manifestaciones deben ser informadas de medidas de bioseguridad y prevención del COVID-19. 

Para garantizar el orden público se debe hacer con elementos de las fuerzas de seguridad, debidamente uniformados, y que la fuerza pública debe actuar cuando fuera absolutamente necesario en casos excepcionales.

Lea también: USAC declara vacante el puesto de Rector y presentará convocatoria para elección