El Registro Nacional de las Personas, RENAP, anunció que ha tomado nuevas medidas para facilitar el trámite de inscripción de niños, siendo esto el inicio de la personalidad jurídica de carácter obligatorio para el cumplimiento del derecho de identidad de las personas desde su nacimiento.
A partir de ahora, la institución asegura que ya no será necesario llevar al bebé a las oficinas registrales, sino que bastará con que uno de los padres se presente para llevar a cabo el proceso.
La decisión fue tomada para agilizar el trámite y para proteger la vida de los ciudadanos ante la pandemia del COVID-19.
La medida ha entrado en vigencia en todo el país y el RENAP hace el llamado a la población que tome en cuenta que la inscripción debe hacerse durante los 60 días hábiles después del nacimiento, luego de ese plazo se debe pagar 25 quetzales como multa por el atraso.
«La inscripción de nacimiento es un trámite gratuito que requiere el informe de nacimiento extendido por comadrona, médico, enfermero , cuerpo de bomberos y autoridad local, número dos, la presentación del documento personal de identificación de uno de los contrayentes si fuere casado, número tres la presentación de ambos documentos personales de identificación si fueren casados o sólo el de la madre después de 60 días después del alumbramiento«, señaló Jacobo Cifuentes, Registrador Civil de las Personas.
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