Luego que el Congreso de la República no conociera el Estado de Calamidad, debido a la falta de quórum requerido, surge nuevamente la pregunta. ¿Sigue vigente el Estado de Calamidad?
La Secretaria de Comunicación Social Patricia Letona dio a conocer que El Estado de Calamidad pierde validez si llega al término de 30 días establecido o que el pleno del Congreso de la República lo impruebe, ello conforme lo establece la Ley de Orden Público (rectora de la materia): “ARTÍCULO 6. (…)” En caso de modificaciones o de improbación por parte del Congreso, lo actuado con anterioridad tendrá plena validez. (…)”
Ademá señala que «no existe ninguna norma jurídica que establezca que después de los tres días no tendrá validez el Decreto Gubernativo; la norma se emitió y se publicó en el Diario Oficial, así que seguirá vigente» añadió.
En conclusión Letona señala «el Estado de Calamidad sigue vigente hasta que se impruebe o se cumpla el plazo de 30 días»
Antecedentes
Hay antecedentes como el ocurrido durante el primer año del gobierno del Presidente Álvaro Colom donde se emitió el Decreto Gubernativo No. 2-2008, del 2 de junio de 2018. Declaró el Estado de Calamidad Pública en el municipio de Palín del departamento de Escuintla y el Congreso de la República lo ratificó, en un solo debate el 10 de junio de 2008, es decir ocho días después.
El Decreto Gubernativo No. 4-2008 que lo prorroga es del 1 de agosto de 2008 y el Congreso de la República lo aprueba, en una sola lectura, el 12 de agosto de 2008, es decir diez días después.