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TSE reitera oficialización de resultados.

A pocos días de la segunda vuelta, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) emitió una serie de recomendaciones a las Juntas Electorales para que el balotaje se realice sin ningún inconveniente

En la circular sugirió que los empleados municipales no integren las Juntas Receptoras de Votos en sus respectivas localidades. No obstante, el órgano electoral indicó que la Ley Electoral y de Partidos Políticos no lo prohíbe.

En el escrito, el TSE indicó que únicamente para el 20 de agosto podrán designar fiscales departamentales, municipales y de Juntas Receptoras de Votos los partidos Unidad Nacional de la Esperanza (UNE) y Movimiento Semilla.

Además señaló los deberes de la Juntas Receptoras de Votos como permitir que los respectivos fiscales tomen fotografía al documento 4 «acta final de cierre y escrutinio», así como las Juntas Electorales Departamentales deben remitir a Secretaría General del TSE junto con el documento 8 «acta de revisión final de escrutinios», los documentos originales números 4 «acta final de cierre y escrutinio», 6 «resumen escrutinio municipales» y 7 «certificación final de cierre de escrutinios municipales».

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