A través del acta 095-2021 la Municipalidad de Antigua Guatemala prohíbe el uso de la vía pública para la exhibición alquiler, venta y comercialización de bienes y servicios.
La normativa se detalla la modificación el artículo 3 Quarter, el cual quedó de la siguiente manera:
“El Concejo Municipal faculta a la Policía Municipal para realizar el retiro o decomiso de objetos y mercadería de cualquier clase que se exhiban, vendan o comercialicen en la vía pública, plazas del municipio de Antigua Guatemala”.
Agrega que la mercadería retenida será resguardada por la Policía Municipal de esa municipalidad.
Y que los objetos o mercadería se mantendrán bajo resguardo pro un período de 15 días hábiles, transcurrido dicho plazo sin reclamo alguno se emitirá a una casa de beneficencia o se realizará la destrucción, según sea el caso.
Los productos perecederos se trasladarán a una casa de beneficencia después de cuatro horas transcurridas sin reclamo después del decomiso.
Para recuperar los objetos o mercadería retenida el interesado deberá acreditar documentalmente su propiedad y presentar documento personal de identificación.
También pagar la multa administrativa por la infracción al reglamento de mérito mediante solicitud al Juzgado de Asuntos Municipales de la localidad.
Otro punto que incluye el reglamento es el cobro de cuotas por concepto de estacionamiento por cualquier persona ajena a la municipalidad, en las calles y avenidas del municipio de Antigua Guatemala.