La Ministra de la Suprema Corte de Justicia, Margarita Ríos Farjat, aseguró que sancionar el aborto implica un límite a todos estos derechos humanos.

Ciudad de México.- Por unanimidad de 10 votos la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional, en un análisis histórico, la criminalización del aborto, el criterio es ahora obligatorio para todos los jueces del país.

En su sesión de este martes, al analizar el Código Penal de Coahuila, el pleno del máximo tribunal concluyó que no debe penalizarse en las leyes mexicanas a las mujeres y personas gestantes que interrumpen su embarazo.

“Al castigarlo sanciona una conducta enraizada en una serie de derechos que posee la mujer y las personas con capacidad de gestar, y que participan de la decisión de abortar, como el derecho a la dignidad humana, a la autonomía, al libre desarrollo de la personalidad, a la igualdad jurídica, a la salud y a la libertad reproductiva. Es decir, sancionar la interrupción voluntaria del embarazo implica un límite a todos estos derechos humanos”, expuso la ministra Margarita Ríos Farjat.

No se podrá procesar a mujer alguna que aborte

De esta forma, a propuesta del ministro Luis María Aguilar, el artículo 196 del Código Penal de Coahuila que establece hasta tres años de cárcel para las mujeres que abortan quedará eliminado de dicha legislación por ir en contra de los derechos protegidos por la Constitución.

El criterio de la Corte que defiende el derecho de las mujeres a decidir sobre el embarazo, será obligatorio para todos los jueces del país cuando se intente llevar a la cárcel a las mujeres que abortan voluntariamente.

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A su vez, el ministro presidente, Arturo Zaldívar puntualizó que, a partir de ahora, no se podrá procesar a mujer alguna que aborte según los lineamientos marcados por la SCJN en sus sesiones del lunes y martes.

Con información de Azteca Noticias.