La Corte de Constitucionalidad otorgó por unanimidad amparo provisional para que el Organismo Ejecutivo garantice el ejercicio del derecho de reunión y manifestación públicas.

Este amparo había sido presentado entre varias personas y entidades como el Procurador de Derechos Humanos, CACIF, Diputados, particulares y Cámaras empresariales contra el Presidente Giammattei, el Ministro de Gobernación y el Director de la PNC. 

La máxima corte ordena que el Ejecutivo debe velar porque se se observen los derechos de todas las personas, en el territorio nacional, a la vida, salud, seguridad, paz, libertad de locomoción de personas y vehículos, libertad de industria, comercio, trabajo y propiedad. 

La resolución también indicaba: En caso de manifestaciones en calles y carreteras, se coordinen e implementen, acciones tendientes a garantizar que las personas realicen sus actividades diarias; de ser necesario, habilitar carriles específicos en las carreteras que puedan resultar afectadas,  ello para que las personas lleven a cabo las manifestaciones sin interrumpir el ejercicio de los derechos de los demás ciudadanos en cuanto a su libertad de locomoción y movilidad. 

También se indicó en la resolución que las personas participantes a manifestaciones deben ser informadas de medidas de bioseguridad y prevención del COVID-19. 

Para garantizar el orden público se debe hacer con elementos de las fuerzas de seguridad, debidamente uniformados, y que la fuerza pública debe actuar cuando fuera absolutamente necesario en casos excepcionales.

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