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El Organismo Ejecutivo publicó hoy en el Diario de Centro América el Decreto Gubernativo número 6-2021 en el que se decreta Estado de Calamidad Pública en todo el territorio nacional por las condiciones de la pandemia de coronavirus en el país.

Dicho estado tendrá una duración de treinta días y se restringen los derechos constitucionales reconocidos en los artículos 5o. 26, 33, 2o. párrafo del 116 de la Constitución, en dicho plazo.

Estas restricciones se refieren a la libertad de acción, libertad de locomoción, derecho de reunión y manifestación y derecho de huelga de los trabajadores del Estado.

De acuerdo con las restricciones de locomoción se exceptúa de éstas a las siguientes personas: diputados y personal del Organismo Legislativo; Personal y transporte del sistema de administración de justicia, personal y vehículos de seguridad del Ejército, seguridad privada, transporte de valores y de la CONRED, personal y vehículos de cuerpos de socorro, de hospitales públicos y privados, IGSS, Cruz Roja Guatemalteca y empresas privadas de salud; personal que se conduzca con placas oficiales o que se acrediten como funcionarios de gobierno y los casos o excepciones que se regularán en las disposiciones presidenciales.

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Además de las medidas dadas a conocer ayer por el presidente Giammattei, el decreto norma las compras relacionadas con la prevención, diagnóstico y tratamiento de la emergencia sanitaria por el coronavirus, estas se realizarán bajo la responsabilidad de las autoridades competentes de las distintas dependencias del Estado, debiendo observar los correspondientes parámetros de transparencia y publicidad.

Este decreto lo debe conocer el pleno del Congreso de la República para que lo ratifique, modifique o impruebe.

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El decreto fue firmado por Giammattei, el vicepresidente Guillermo Castillo, quien anotó «voto en contra», como manifestara anoche que se opuso a las medidas restrictivas; y los ministros de Estado.