En el Diario Oficial fue publicado el Acuerdo Ministerial 179-2022 donde el Ministerio de Trabajo (Mintrab) indica algunos pormenores de medidas sanitarias para los trabajadores y patronos los cuales hoy entran en vigencia a nivel nacional.
Es dicho acuerdo se emite un reglamento sobre las medidas de prevención para mitigar el contagio del Covid-19 en los centros de trabajo, por tanto esta normativa se lanza por medio de las disposiciones de salud y seguridad ocupacional que permitan condiciones de trabajo seguras.
Obligaciones y prohibiciones de los patronos
Se instruye a tomar en cuenta el distanciamiento social para que en los lugares de trabajo se permita la separación física de las personas y sí las actividades por su naturaleza no sea posible deberán de disponer de barreras físicas para minimizar el contagio. También se pide limpiar y desinfectar de manera constante las áreas de trabajo.
Los patronos deberán proporcionar de manera gratuita alcohol y jabón para el lavado de manos, el equipo de protección como la mascarilla también corre por la cuenta del empleador.
Además deberán de impulsar campañas de información y difusión con el objetivo de motivar a la participación de los trabajadores a evitar el contagio de Covid-19; aunado a esto deberán dar capacitaciones de seguridad ocupacional.
A los patronos se les prohibe obligar a los trabajadores a prestar sus servicios sin las medidas de protección, suspender a las personas asintomáticas o sintomáticas del centro de trabajo sin seguir las medidas sanitarias por Covid-19.
Por otra parte; a los trabajadores se les prohibe destruir equipos de protección o negarse a usarlos.